Establece un sistema de entrega de mercancías que garantice el pago de bienes de consumo que vengan del extranjero o importaciones temporales.
Los productos importados que se incluyen en algunas de las siguientes categorías pueden beneficiarse del sistema de despacho de mercancías con pago garantizado:
- Importaciones Temporales
- Importaciones de reconocida urgencia o de productos perecederos
- Importaciones que estén amparadas por un régimen jurídico-tributario de fomento, tales como las actividades industriales, agroindustriales, hoteleras y similares mientras dura la tramitación que legalmente corresponda.
- Importaciones que adolezcan de alguno de los documentos de embarque, con excepción de los permisos respectivos en los casos de mercancías importadas restringidas
- Mercancía cuya importación estuviera sujeta a controversia ante las autoridades aduaneras por razón de discrepancia de los derechos aduaneros causados
- Mercancías amparadas por un régimen de exoneración parcial o total, mientras dure la tramitación de la exoneración, siempre que el interesado ejecute o cumpla oportunamente con el trámite y requerimientos que se hagan al efecto.